Información para Profesionales


26/02/2016

a intención de incluir esta detallada información acerca de la Acupuntura es que los colegas médicos se enteren de que la Acupuntura hoy tiene un sustento científico explicable en términos modernos y occidentales. Que tiene rigor científico y que es hoy muy específica en cuanto a indicaciones y alcances.

Se brinda en este material una nueva definición de la Acupuntura y se desmenuzan sus mecanismos de acción tanto neurológicos como endocrinológicos.

Se mencionan en este apartado los receptores, vías neurológicas y neurotransmisores involucrados en la analgesia acupuntural. Todo esto hace que este texto este dirigido y sea de interés profesional.

Es importante destacar que por todo lo dicho, la acupuntura no intenta ser un método aislado de tratamiento sino que es perfectamente complementario con distintas ramas de la medicina como son la Deportología, Traumatología, Reumatología y Medicina Interna.

Ud puede leer en forma gratuita el texto completo que incluye Origen, Definición, Mecanísmos de Acción, Indicaciones y Contraindicaciones y la Bibliografía del texto.

Situación Legal Leyes vigentes en Argentina con respecto a la práctica de la Acupuntura. • Resolución C.S. Nº 459/00 del Colegio de Médicos de la Provincia de Bs. As.: La Acupuntura es una práctica que debe ser realizada exclusivamente por Médicos. • Resolución 997/2001 del Ministerio de Salud de la Nación establece: Lla Acupuntura es una práctica o procedimiento que debe ser considerada como un acto médico y como tal debe ser efectuada sólo por profesionales habilitados según la ley Nº 17132. • La Organización Mundial de la Salud publicó en el año 1996, en Italia, un documento que rige la práctica y enseñanza de la Acupuntura para todos los países que adhieren a dicha organización. • Código Penal Argentino: Delitos contra la seguridad pública ( pág.60) Art.208 ley 11221. Será reprimido con prisión de 15 dias a 1 año: El que sin título o autorización para el ejercicio del arte de curar o excediendo los límites de su autorización, anunciare, prescribiere, administrare o aplicare habitualmente medicamentos, agujas, electricidad, hipnotismo, cualquier medio destinado al tratamiento de las enfermedades de las personas, aún a título gratuito.